Composición
El Consejo Consultivo está integrado por cinco Consejeros Consultivos, uno de los cuales es su Presidente, todos ellos nombrados por el Presidente de la Comunidad Autónoma mediante Decreto; tres, a propuesta del Parlamento; y dos, a propuesta del Gobierno; todos ellos juristas de reconocido prestigio, con más de diez años de experiencia profesional efectiva.
Han de tomar posesión de sus cargos ante el Presidente de la Comunidad Autónoma, mediante el juramento o promesa de ejercer sus funciones con objetividad e independencia y con fidelidad a la Constitución y el Estatuto de Autonomía de La Rioja y de guardar secreto de los asuntos que sean tratados en el Consejo Consultivo.
Son nombrados para un periodo de cinco años, pudiendo ser reelegidos hasta un máximo de tres periodos y se renuevan a razón de uno por año. Durante el tiempo de desempeño de su cargo, los Consejeros son independientes e inamovibles.
El Consejo creado en 1995 contaba con tres miembros, y como Secretario actuaba el Letrado Jefe de la Asesoría Jurídica del Gobierno de La Rioja, o Letrado delegado al efecto. En 1996 se elevó el número de consejeros a cinco, pero se prescindió de la figura del secretario (Ley 10/95 y Decreto 33/96).
Desde 2001, forma parte del Consejo un Letrado Secretario General encargado de la asistencia jurídica a los Consejeros y de la gestión de régimen interior.
Preguntas frecuentes
Ninguna pregunta frecuente coincide con tu búsqueda




















