Qué es el Consejo Consultivo
El Consejo Consultivo de La Rioja (CCR) es el Órgano Consultivo Superior de la Comunidad Autónoma de La Rioja (CAR), goza de plena autonomía orgánica y funcional en garantía de su objetividad, imparcialidad e independencia y mantiene relaciones institucionales con los demás Altos Órganos Consultivos del Estado y de las Comunidades Autónomas.
El CCR fue creado por la Ley 3/1995, de 8 de marzo, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja (art. 97). Con su primera conformación (nombramientos de 25 de mayo, BOR núm. 67, de 30-05-95), se celebró una sesión constitutiva el 27-06-95. Pero ese Consejo (de tres miembros) no llegó a funcionar ante la previsión de modificación legal que, efectivamente, se produjo por la Ley 10/1995 de 29 de diciembre.
Una vez modificada la Ley, entró en funcionamiento el 25-04-96 (el 11 de abril se publicaron los Decretos de nombramiento de los cinco nuevos consejeros y, ese mismo día tomaron posesión, BOR núm. 46, de 11-04-96).
El Consejo estaba previsto en el Proyecto de Estatuto de Autonomía de La Rioja (EAR) elaborado por la Asamblea de los 32 (art. 26), pero no llegó al texto definitivo del EAR (Ley Orgánica 3/1982). Actualmente, el CCR está recogido en el artículo 42 EAR (en la redacción dada al mismo por la LO 2/1999, de 7 de enero).
La previsión estatutaria permitió que se aprobara una Ley específica para el Consejo, la Ley 3/2001, de 31 de mayo (LCCR), y su Reglamento, aprobado por Decreto 8/2002, de 24 de enero (RCCR). Bajo la vigencia de la nueva Ley se produjo una nueva composición del Consejo (ceses y nuevos nombramientos de 29 de junio, BOR de 3-07-01); el Consejo, en su nueva configuración, aprobó una relación de puestos de trabajo y la convocatoria del puesto de Letrado-Secretario General (Acuerdos 6 y 7 de 2001, BOR 7-07-01). A partir de ese momento, la composición se ha mantenido en cinco Consejeros y un Letrado-Secretario General.
El Consejo tiene su sede en Logroño y su misión primordial es velar por la observancia de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de La Rioja y del resto del ordenamiento jurídico. Plasma su asistencia jurídica externa en la emisión, por escrito, de dictámenes fundados en Derecho sobre materias normativas, de gobierno y administración pública.
La misión primordial del Consejo Consultivo de la Rioja es velar por la observancia de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de La Rioja y del resto del ordenamiento jurídico.
Más información
Para profundizar en su función y encaje institucional, puede consultarse este estudio monográfico:
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